Micelio

Artículo 3

Ley 42 de 1927 · Que provee a la inmediata construcción de las obras de defensa de la Isla de Tumaco y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tan pronto como sea sancionada la presente Ley, el Gobierno procederá a organizar los trabajos relativos a la construcción de las obras requeridas para la defensa de las isla de Tumaco y arreglo del puerto, escogiendo al efecto los planos y presupuestos definitivos de entre los varios estudios que tiene en su poder.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 42 de 1927