Micelio

Artículo 2

Decreto 2927 de 1955 · Por el cual se reorganiza el Departamento de Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El personal de ingenieros y sus asignaciones para la División de Carreteras Nacionales, serán los siguientes: Dirección General. 1 Director General, $ 1.400.00 mensuales. 1 Ingeniero Ayudante, $ 1.200.00 mensuales. 2 Ingenieros Visitadores de Carreteras, cada uno $ 1.400.00 mensuales. Departamento Administrativo. 1 Ingeniero Jefe, $ 1.400.00 mensuales. 1 Ingeniero de Contratos, $ 1.300.00 mensuales. 1 Ingeniero de Costos, $ 1.300.00 mensuales. Departamento de Equipos. 1 Ingeniero Jefe, $ 1.400.00 mensuales. 1 Ingeniero de Servicios, $ 1.300.00 mensuales. 1 Ingeniero Jefe de Inspectores, $ 1.300.00 mensuales. 1 Ingeniero de Costos y Reconstrucción de Equipos $ 1.300.00 mensuales. Departamento de Conservación. 1 Ingeniero Jefe, $ 1.400.00 mensuales. 5 Ingenieros Visitadores de Conservación, cada uno $ 1.300.00 mensuales. 1 Ingeniero Jefe de Administración $ 1.300.00 mensuales. 1 Ingeniero Jefe de Planeamiento, $ 1.300.00 mensuales. 1 Ingeniero de T r á f c o, Normas y Señales, $ 1.100.00 mensuales. 1 Ingeniero de Costos, $ 1. 300.00 mensuales. 1 Ingeniero Visitador de Equipos, $ 1.300.00 mensuales. Departamento de Diseños. 1 Ingeniero Jefe, $ 1.400.00 mensuales. 1 Ingeniero Ayudante, $ 1.100.00 mensuales. 1 Ingeniero Jefe de Trazados, $ 1.400.00 mensuales. 2 Ingenieros Revisores de Proyectos, cada uno $ 1.300.00 mensuales. 1 Ingeniero Jefe de Pavimentos, $ 1.300.00 mensuales. 1 Ingeniero de Localización de Puentes, $ 1.300.00 1 Ingeniero Calculista de Estructuras, $ 1.200.00 1 Ingeniero Calculista de Cimentaciones, $ 1.200.00 mensuales. 1 Ingeniero Jefe de Pavimentos, $ 1.200.00 mensuales. 1 Ingeniero Ayudante de Pavimentos, $ 1.200.00 mensuales. 1 Ingeniero Jefe de Laboratorio de Ensayo de Materiales, $ 1.300.00 mensuales. 1 Ingeniero de Mecánica de Suelos, $ 1.200.00 mensuales.

Parágrafo

La comisión del Segundo Plan Vial, de que trata el presente Decreto, estará formada por el mismo personal creado por los Decretos números 1222 de 1954, 0026 y 2289 de 1955, para la Comisión de Estudios del Segundo Plan Vial del Departamento de Carreteras Nacionales. Dicho personal continuará prestando sus servicios con las mismas asignaciones que tiene actualmente, las cuales se cubrirán de conformidad con los mencionados Decretos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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