Micelio

Artículo 2

La Asignación De Primas Técnicas Para Los Funcionarios Que Ocupen Los Cargos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Se Hará Por Decreto Del Gobierno Previo Concepto Favorable Del Consejo Superior Del Servicio Civil, Con Base En La Solicitud Razonada Formulada Por Escrito Por El Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil Conforme A Las Normas Pertinentes De Los Decretos 1912 Y 1950 De 1973 Y 174 De 1975

Decreto 285 de 1977 · Por el cual se crea Prima Técnica para algunos cargos de la Planta de Personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La asignación de Primas Técnicas para los funcionarios que ocupen los cargos a que se refiere el artículo anterior, se hará por Decreto del Gobierno previo concepto favorable del Consejo Superior del Servicio Civil, con base en la solicitud razonada formulada por escrito por el Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil conforme a las normas pertinentes de los Decretos 1912 y 1950 de 1973 y 174 de 1975.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 285 de 1977