Micelio

Artículo 17

Ley 42 de 1923 · Sobre reorganización de la contabilidad oficial y creación del Departamento de Contraloría

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Podrá dispensar las faltas o defectos menores que existan en los comprobantes y documentos de las cuentas rendidas, cuando, a su juicio, los intereses del Gobierno lo exijan, siempre que el monto de tales faltas o defectos, imputable a cualquier empleado o agente, no exceda de veinte pesos ($20) moneda legal en un año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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