Los particulares podrán portar las armas, elementos, y dispositivos menos letales, accesorios, partes y municiones con permiso expedido por el DCCAE o quien haga sus veces.
El permiso concedido a los particulares para el porte de las armas, elementos y dispositivos menos letales se expedirá bajo la responsabilidad del titular y no compromete la responsabilidad del Estado por el uso que de ellas se haga.