Micelio

Artículo 169

Derogado

Ley 201 de 1995 · Por la cual se establece la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y se dictan otras disposicionesVigente Parcial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Requisitos para el ejercicio de los empleos . Para desempeñar los empleos correspondientes a los distintos niveles determinados en artículo anterior de esta ley, es preciso satisfacer los siguientes requisitos generales: a) Nivel Directivo : Los fijados en la Constitución, en la ley o en decretos especiales; b) Nivel Asesor, Ejecutivo y Profesional : Título Profesional Universitario, estudios de Postgrados oexperiencia equivalente o relacionada; c) Nivel Técnico Administrativo : Educación Superior o Secundaria, o conocimiento específico, o experiencia laboral equivalente o relacionada; d) Nivel Operativo : Educación primaria, o educación media, o conocimientos específicos o experiencia laboral equivalente o relacionada. Con arreglo a los reglamentos que expida el Gobierno sobre requisitos mínimos para el desempeño de cargos para los distintos niveles antes señalados, la Procuraduría General de la Nación procederá a elaborar los manuales específicos de requisitos para los cargos de su planta de personal. Vigente desde: 28/07/1995 y hasta el: 21/02/2000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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