Micelio

Artículo 89

Ley 576 de 2000 · Por la cual se expide el Código de Etica para el ejercicio profesional de la medicina veterinaria, la medicina veterinaria y zootecnia y zootecnia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el zootecnista, deberán tener una información técnica, amplia, inequívoca sobre el uso correcto que se le debe dar a los insumos y cuando sea el caso, sobre las contraindicaciones, residualidad, tiempo de retiro, precauciones para el uso y no podrán hacer uso de los resultados de investigación o de citas técnicas para dar un carácter científico a los que no lo tienen. Evitarán comparaciones falsas o equivocadas con otrosproductos de competencia y no podrán garantizar mejores rendimientos o beneficios de los mismos, sin disponer de los resultados de las pruebas experimentales definitivas en su respectivo contexto de aplicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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