º. Desde el día 17 de noviembre de 1923, será de cargo de los Departamentos de recaudación de los impuestos de sanidad de que tratan los artículos 9º. a 16 de la Ley 53 de 1921, a saber
El impuesto sobre los sueldos de los empleados públicos y particulares, se cobrará así: los que excedan de treinta pesos ( $30), sin pasar de ciento ($100), pagarán una cuota mensual de un centavo ($0-01); los de asignación de más de cien pesos ($100) y menos de doscientos pesos $200), una cuota de tres centavos ( $0-03); los de asignaciones de doscientos pesos ($200) hasta trescientos pesos ($200), una cuota de cinco centavos ($0-05); y los de más de trescientos pesos ($300), una cuota de diez centavos ($0-10); esta última cuota pagarán también los Senadores, Representantes y Diputados a las Asambleas.
Las empresas periodísticas pagarán anualmente lo que corresponda al valor de una suscripción mensual de su respectivo periódico.
Las droguerías, farmacias o boticas, los almacenes de mercancías, las oficinas particulares de médicos, abogados, ingenieros y dentistas; los hoteles, las agencias de negocios y establecimientos prendarios, los bancos y sociedades comerciales, las empresas y fábricas de cualquier naturaleza, pagarán una cuota anual de cincuenta centavos ($0-50) a dos pesos ($2) oro, según la clase o importancia de cada uno de ellos.
Los documentos privados de valor de cientos ($100) a mil pesos ($1.000), llevarán estampilla de sanidad por valor de dos centavos ( 0-02), y los de más de mil pesos ($1,000) por valor de cuatro centavos ($0-04). Estas mismas cuotas pagarán las cuentas de cobro contra el Tesoro Nacional, Departamental o Municipal.
Toda representación o espectáculo público pagará una cuota de veinticinco centavos ($0-25)por cada exhibición, destinada a los Lazaretos, cuota que se pagará sin perjuicio de los derechos que cobran los Municipios.
Cada cantina, café o coreográfico pagará a favor de los Lazaretos, mensualmente, una cuota de diez ($0-10)a cincuenta centavos $0-50) oro, según la clase o la importancia del establecimiento.