Micelio

Artículo 15

Ley Seca

Decreto 891 de 2014 · por el cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones presidenciales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ley seca. Queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día sábado 24 de mayo hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 26 de mayo, primera vuelta, y desde las seis (6) de la tarde del día sábado 14 de junio hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 16 de junio de 2014, segunda vuelta si la hubiere. Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas por los alcaldes, inspectores de policía, y comandantes de estación de acuerdo con lo previsto en los respectivos Códigos de Policía.

Parágrafo

Los gobernadores y alcaldes, de conformidad con las recomendaciones de los Consejos Departamentales y Municipales de Seguridad o Comités de Orden Público de que trata el Decreto 2615 de 1991, y el Decreto 2170 de 2004, modificado por el Decreto 399 de 2011, podrán ampliar el término previsto en este artículo, para prevenir posibles alteraciones del orden público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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