Micelio

Artículo 6

Funciones

Decreto 5014 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – Icfes, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones . Son funciones de la Junta Directiva de la Empresa, las siguientes

1.

Formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – Icfes, y de sus funciones.

2.

Expedir y reformar los estatutos internos del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – Icfes.

3.

Expedir conforme a la ley y a los estatutos del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes, los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de sus funciones, y que no se hayan confiado en los estatutos al Director o a otros funcionarios de la entidad.

4.

Expedir un manual de contratación; un manual de políticas generales sobre inversión de los recursos del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes; y un manual de funciones.

5.

Fijar las tarifas para la realización de los exámenes de Estado, y los demás servicios del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes, teniendo en cuenta que estas cubran en forma completa los costos y gastos que ocasionen, según los principios de contabilidad generalmente aceptados, y teniendo en cuenta el

Parágrafo

del artículo 4° de la Ley 635 de 2000. 6. Autorizar la contratación de empréstitos externos e internos para el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes, cualquiera sea su cuantía, de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes. 7. Autorizar la aceptación de donaciones, auxilios o legados. 8. Aprobar el presupuesto anual de la entidad antes del 31 de diciembre de cada año para la vigencia siguiente. 9. Estudiar los informes periódicos o especiales que deba rendir el Director y adoptar las decisiones que considere pertinentes. 10. Expedir su propio reglamento. 11. Las demás que se señalen en la ley y sus reglamentos y en los estatutos de la Entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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