Micelio

Artículo 231

Decreto 1122 de 1999 · Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuír a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Organismo único nacional de acreditación. Corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio ejercer las funciones de organismo único nacional de acreditación. En tal condición conocerá y decidirá las actuaciones para la acreditación de organismos de certificación, inspección y laboratorios, cualquiera sea el producto, proceso o prueba de que se trate, o a la norma o reglamento técnico que prevea su existencia o intervención. Las autoridades que se encuentren conociendo de trámites en curso para la acreditación, continuarán adelantándolos hasta su culminación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1122 de 1999