Micelio

Artículo 5

º

Decreto 326 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 174 de 1994 - Normas en materia de saneamiento aduanero y tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Cambio de Método de Valoración . De acuerdo con el

Parágrafo

del artículo 3º de la Ley 174 de 1994, el método de valoración de inventarios debe ser utilizado de manera uniforme durante todo el ejercicio gravable. Cuando un contribuyente decida cambiarlo, deberá hacerlo saber al Administrador de Impuestos y Aduanas Nacionales de su jurisdicción, mediante comunicación escrita, por lo menos con dos meses de antelación al inicio del ejercicio gravable a partir del cual se realizará el cambio. La comunicación debe incluir, además del nombre o razón social e identificación tributaria del contribuyente y el código de actividad económica, el método de valoración actual y el propuesto y las razones para efectuar el cambio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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