- El Departamento Nacional de Servicios Ambulatorios cumplirá las siguientes funciones
Participar en la elaboración y difusión de las normas técnicas y administrativas, procedimientos, estándares sobre uso, productividad, eficiencia y eficacia de los servicios ambulatorios en materia médica, odontológica y servicios de apoyo.
Colaborar con la gerencia en la definición de criterios para la elaboración y evaluación permanente del plan de desarrollo de los Centros de Atención Ambulatoria.
Participar en la evaluación y control de gestión de los centros de atención ambulatoria del Instituto.
Participar en los estudios de rentabilidad y eficiencia de los diferentes servicios ambulatorios, con el fin de orientar la conveniencia de su desarrollo.
Promover, orientar el desarrollo de la garantía de calidad de los servicios de atención ambulatoria del Instituto.
Coordinar la elaboración de los protocolos de manejo en su área.
Orientar la integración de actividades de promoción, prevención, curación y rehabilitación del área ambulatoria.
Evaluar el comportamiento de la demanda e informar a los niveles superiores de la IPS.
Conceptuar y colaborar en el estudio, implantación y seguimiento de las innovaciones técnicas y científicas sobre organización y funcionamiento de los servicios ambulatorios.
Coordinar los planes y programas docente asistenciales y de investigación que sean aprobados para su realización en el Instituto.
Las demás que se le asignen.