Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En La Ley De Apropiaciones Vigente: Del Ministerio De La Economia Nacional Capítulo 46

Decreto 1356 de 1940 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones vigente: DEL MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL Capítulo 46 . Artículo 584. Para sueldos del personal del Ministerio, en el año $ 18.000.00 Artículo 588. Para servicios de agua, teléfono, luz y energía eléctrica del Ministerio, y del Laboratorio Químico Nacional, y material para reparaciones de los mismos servicios 500.00 Total $ 18.500.00 AL MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS Capitulo 51 bis . Artículo 822-C. Para material, acarreos, muebles y equipo de oficina, reparaciones y repuestos de los mismos útiles de escritorio y demás gastos similares; servicio de aseo, agua, teléfono, luz, energía del Ministerio y del Laboratorio, y materiales para los mismos servicios $ 500.00 Artículo 822-K. Para sueldos del personal del Laboratorio Nacional de Análisis e Investigación (julio a diciembre, inclusive) 18.000.00 Total $ 18.500.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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