Micelio

Artículo 130

Ley 81 de 1960 · Reorgánica del Impuesto sobre la Renta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

(Transitorio) así: Para efectuar el reajuste de que trata el artículo anterior, solo se necesitara la declaración de renta ordinaria del contribuyente, sin que haya lugar a presentar documentaciones adicionales ni solicitudes escritas para obtenerlo. Se entiende que la declaración de renta juramentada es suficiente prueba de la preexistencia de los bienes materia del reajuste y que, por lo tanto, no será necesaria prueba adicional alguna.

Parágrafo

Es entendido que el valor de los bienes que constituyen el reajuste estará sometido a la sobretasa patrimonial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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