El Director Del Instituto Colombiano De Especialización Técnica En El Exterior Devengara Una Asignación Mensual De Dos Mil Quinientos Pesos ($ 2
Decreto 1396 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2586 de 1950
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Parágrafo
El Gobierno queda facultado para efectuar las operaciones presupuestales necesarias. Artículo 5.° El Director del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior devengara una asignación mensual de dos mil quinientos pesos ($ 2.500.00) moneda legal.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.