Micelio

Artículo 3

Respecto A La Asignación De Los Miembros De La Junta Administradora Se Procederá De Acuerdo Con El Artículo 4° De La Citada Ley 19 De 1921, Y En Lo General, Se Procederá De Acuerdo Con Ésta Y De Modo Semejante Con Las Prácticas De La Junta Directiva Del Ferrocarril Del Pacifico

Decreto 1521 de 1923 · Por el cual se reglamentan las funciones de la Junta Administradora del Ferrocarril Tumaco - Ipiales - Pasto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Respecto a la asignación de los miembros de la Junta Administradora se procederá de acuerdo con el artículo 4° de la citada Ley 19 de 1921, y en lo general, se procederá de acuerdo con ésta y de modo semejante con las prácticas de la Junta Directiva del Ferrocarril del Pacifico. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1521 de 1923