º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 6º del Decreto-ley número 129 de 1988 y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1989.
Decreto 19 de 1989 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Artículo 6º Del Decreto-Ley Número 129 De 1988 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1989
Decreto 19 de 1989 · Por el cual se fija el auxilio de alimentación para los empleados públicos del Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo -Fonade-
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.