Micelio

Artículo 33

La Jurisdiccion Especial Del Trabajo Se Instituye Para Decidir De Las Controversias Que Susciten, Directa O Indirectamente, La Ejecución Del Contrato De Trabajo Entre Patronos Y Asalariados, Entre Asalariados Solamente, Entre Las Asociaciones Profesionales De Patronos Y Las De Asalariados, O Entre Los Asalariados Y Sus Asociaciones Profesionales Ya Con Motivo De La Interpretación O Ejecución De Las Leyes De Carácter Social

Decreto 2350 de 1944 · Por el cual se dictan lagunas disposiciones sobre Convenciones de Trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial del trabajo. (segunda publicación)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Jurisdiccion especial del trabajo se instituye para decidir de las controversias que susciten, directa o indirectamente, la ejecución del contrato de trabajo entre patronos y asalariados, entre asalariados solamente, entre las asociaciones profesionales de patronos y las de asalariados, o entre los asalariados y sus asociaciones profesionales Ya con motivo de la interpretación o ejecución de las leyes de carácter social

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2350 de 1944