°. Funciones de la Oficina de Control Interno. Además de las señaladas en la Ley 87 de 1993, la Oficina de Control Interno cumplirá las siguientes funciones: Planear, dirigir y evaluar el Sistema de Control Interno de la Empresa. Constatar que los controles definidos para los procesos de la Empresa se cumplan por parte de los responsables en su ejecución. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar las acciones de mejora destinadas a fortalecer el aprendizaje organizacional. Mantener informados a los directivos de la empresa acerca del estado de control interno de la Industria Militar, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. Poner en conocimiento de los organismos competentes, la comisión de hechos presuntamente irregulares que conozca en desarrollo de sus funciones. Elaborar, en conjunto con la Oficina de Planeación, el programa de auditoría integral de la Industria Militar. Ejecutar el programa de auditoría integral y reportar sus resultados a la Presidencia y partes interesadas. Asesorar a las dependencias en la identificación y prevención de riesgos que puedan afectar el logro de objetivos. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional. Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la Empresa y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de las personas. Las demás inherentes a la naturaleza de su dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales, reglamentarias, estatutarias y la Presidencia.
Decreto 156 de 2022 →Vigente
Artículo 5
Funciones De La Oficina De Control Interno
Decreto 156 de 2022 · por el cual se modifica la estructura de la Industria Militar (Indumil)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.