Micelio

Artículo 5

Ley 29 de 1958 · Por la cual se adiciona la Ley 36 de 1946 en honra del doctor Laureano García Ortiz

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el cumplimiento del artículo primero de la presente Ley se apropiará, en el Presupuesto de la próxima vigencia, con cargo al Ministerio de Obras Públicas, hasta la suma de veinte mil pesos ($ 20.000.00), y para el cumplimiento de los artículos segundo y tercero, se destinará oportunamente en el Presupuesto, con cargo al Ministerio de Educación Nacional, la suma necesaria. En todo caso, el Gobierno queda autorizado para abrir en cualquier momento los créditos o hacer los traslados que fueren necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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