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Artículo 12405

, Para Gastos De Funcionamiento (Sueldos), De La Escuela De Enfermeras De La Cruz Roja Y Sostenimiento Del Colegio De Bachillerato Femenino, Hácese La Siguiente Distribución Para Incrementar Los Ordinales Que Se Detallan: Ii

Decreto 2138 de 1963 · Por el cual se distribuye una partida global incluída en el Presupuesto Nacional vigente por Decreto número 1639 de 1963.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. De la partida global de $214.400 moneda corriente incluida en el Presupuesto Nacional vigente por Decreto número 1639 de 1963, Capítulo 1215, artículo 12405, para gastos de funcionamiento (sueldos), de la Escuela de Enfermeras de la Cruz Roja y sostenimiento del Colegio de Bachillerato Femenino, hácese la siguiente distribución para incrementar los ordinales que se detallan: II. Financiamiento. CAPITULO 1218 Artículo 12405. Programa I. Financiamiento de Academias e Institutos. Ordinal 1° Escuela de Enfermeras de la Cruz Roja (sueldos). 100.000.00 Ordinal 2° Colegio de Bachillerato Femenino Anexo a la Escuela de Enfermeras de la Cruz Roja (sueldos). 114.400.00 Total 214.400.00 Comuníquese y publíquese.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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