El Gobierno dictará las medidas necesarias para dar cumplimiento a la Ley 22 de 1916 , con el fin de que la liquidación del Montepío Militar se termine lo más pronto posible. En consecuencia, queda facultado para llenar los vacíos que en aquélla se noten al ejecutarse.
Ley 48 de 1917 →Vigente
Artículo 5
Ley 48 de 1917 · Por la cual se conceden autorizaciones al Gobierno sobre el Banco Unión de Cartagena y sobre el Montepío Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.