Micelio

Artículo 11

Ley 312 de 1996 · por medio de la cual se reglamentan las delegaciones permanentes del Congreso de Colombia ante los Parlamentos Internacionales y se otorgan unas facultades al Gobierno Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno Nacional, hasta el 31 de diciembre de 1995, para que cancele con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, las cuotas anuales de sostenimiento de la sede central del Parlamento Andino, ordenada por la Decisión número 2 de la Mesa Directiva del Parlamento Andino, del 8 de octubre de 1993; y para transferir recursos adicionales con destino al pago de arrendamiento de las oficinas del Parlamento Andino, siempre y cuando esté vigente el Acuerdo de Sede suscrito entre el Gobierno de la República de Colombia y el Parlamento Andino.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 312 de 1996