Conformación del Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas - Cerrem -. Son miembros permanentes del Cerrem quienes tendrán voz y voto: - El Director de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, quien lo presidirá o su delegado. - El Director del Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH, o quien haga sus veces, o su delegado. - El Director de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, o su delegado. - El Director de Protección y Servicios Especiales de la Policía Nacional, o su delegado. - El Coordinador del Oficina de Derechos Humanos de la Inspección General de la Policía Nacional, o su delegado.
Para la población objeto del artículo 6°, numeral 13 del presente decreto, se establecerá un Cerrem especial y exclusivo para el análisis de sus casos.