Micelio

Artículo 111

Tratado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Partes, que en la fecha de entrada en vigor, no hubieran ratificado este Acuerdo Constitutivo, podrán solicitar su aplicación provisional hasta por un (1) año, siempre que la solicitud sea hecha en forma expresa y de acuerdo a su ordenamiento constitucional.

CAPITULO VIGESIMOPRIMERO

Disposiciones finales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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