A partir de la sanción de la presente Ley y, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorizase al Gobierno Nacional con el fin de que planifique y ponga en ejecución las siguientes obras de interés social y beneficio común para el Municipio de Belén de Umbría:
Pavimentación carretera Remolinos-Belén- Puente Umbría-Mistrató.
Construcción Centro Administrativo Municipal.
Construcción Cárcel Nacional.
Construcción carretera Providencia-Cuanza.
Terminación y dotación Casa de la Cultura.
Terminación Estadio Municipal.
Construcción Polideportivo.