Micelio

Artículo 2

Ley 121 de 1985 · Por la cual la Nación se asocia al primer centenario del Municipio de Belén de Umbría, en el Departamento de Risaralda, rinde tributo de admiración a sus fundadores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la sanción de la presente Ley y, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorizase al Gobierno Nacional con el fin de que planifique y ponga en ejecución las siguientes obras de interés social y beneficio común para el Municipio de Belén de Umbría:

a)

Pavimentación carretera Remolinos-Belén- Puente Umbría-Mistrató.

b)

Construcción Centro Administrativo Municipal.

c)

Construcción Cárcel Nacional.

d)

Construcción carretera Providencia-Cuanza.

e)

Terminación y dotación Casa de la Cultura.

f)

Terminación Estadio Municipal.

g)

Construcción Polideportivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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