º. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíque y cúmplase Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a 28 de marzo de 1996 ERNESTO SAMPER PIZANO Viceministro de Hacienda encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público Santiago Herrera Aguilera.
Decreto 623 de 1996 →Vigente
Artículo 5
Vigencia
Decreto 623 de 1996 · por el cual se adiciona el régimen de inversiones de las entidades aseguradoras.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.