Son Funciones Del Gerente: A) Representar A La Corporación Como Persona Jurídica; B) Ejecutar Y Hacer Ejecutar Todas Las Operaciones Necesarias Para Que La Corporación Cumpla Sus Planes Y Propósitos: C) Ejecutar Y Celebrar Todos Los Actos Y Contratos De La Corporación Que Por Delegación De La Junta Directiva Esté Facultado Para Llevar A Cabo; D) Presentar Anualmente A La Junta Directiva, Con 15 Días De Anticipación Por Lo Menos, A La Fecha De La Próxima Reunión Ordinaria De La Asamblea General, El Balance, Las Cuentas, El Inventario Y La Liquidación De Los Negocios Correspondientes Al Ejercicio Inmediatamente Anterior, Con Un Informe Sobre La Marcha De Las Actividades En Dicho Período Y Un Proyecto De Distribución De Utilidades, Y E) Cumplir Todos Los Deberes Y Todas Las Facultades Que No Correspondan Específicamente A La Junta Directiva
Decreto 739 de 1957 · Por el cual se aprueban unos estatutos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son funciones del Gerente
a)
Representar a la Corporación como persona jurídica;
b)
Ejecutar y hacer ejecutar todas las operaciones necesarias para que la Corporación cumpla sus planes y propósitos:
c)
Ejecutar y celebrar todos los actos y contratos de la Corporación que por delegación de la Junta Directiva esté facultado para llevar a cabo;
d)
Presentar anualmente a la Junta Directiva, con 15 días de anticipación por lo menos, a la fecha de la próxima reunión ordinaria de la Asamblea General, el balance, las cuentas, el inventario y la liquidación de los negocios correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior, con un informe sobre la marcha de las actividades en dicho período y un proyecto de distribución de utilidades, y
e)
Cumplir todos los deberes y todas las facultades que no correspondan específicamente a la Junta Directiva. CAPITULO VII Revisor Fiscal.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.