Las Administraciones de Impuestos Nacionales funcionarán bajo la dirección y responsabilidad de un Administrador, dependiente jerárquicamente de la Dirección.
Decreto 74 de 1976 →Vigente
Artículo 70
Las Administraciones De Impuestos Nacionales Funcionarán Bajo La Dirección Y Responsabilidad De Un Administrador, Dependiente Jerárquicamente De La Dirección
Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.