Micelio

Artículo 82

Comisiones Diplomáticas

Decreto 989 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1211 de 1990, Estatuto del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisiones diplomáticas . Para ser destinado en comisión diplomática, además de las condiciones establecidas en los artículos 121 y 122 del Decreto 1211 de 1990, se exigen los siguientes requisitos

a)

Estar clasificado en Lista número 1, 2 o 3, de acuerdo con el Reglamento de Evaluación y Clasificación para el personal de las Fuerzas Militares, en cada uno de los tres (3) últimos años de servicio;

b)

Si se trata de una persona casada, que su cónyuge no tenga la nacionalidad del país ante el cual va a ser acreditado como miembro de la representación diplomática colombiana.

Parágrafo

Las comisiones diplomáticas de los Oficiales de las Fuerzas Militares, podrán tener una duración hasta de veinticuatro (24) meses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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