Régimen de transición. El Gobierno Nacional establecerá un régimen de transición destinado a garantizar que mientras se adecua la estructura necesaria para el ejercicio de las funciones asignadas a las alcaldías y Gobernaciones, exista continuidad en la prestación de los servicios actualmente a cargo del Ministerio de Transporte. Durante los dos (2) primeros años a partir de la vigencia del presente decreto el Ministerio de Transporte realizará un programa orientado a fortalecer la capacidad de gestión de las autoridades territoriales.
Decreto 1122 de 1999 →Inexequible
Artículo 310
Decreto 1122 de 1999 · Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuír a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.