Micelio

Artículo 26

El Intendente Queda Autorizado Para Celebrar Los Contratos Que Sean Necesarios Para La Correcta Ejecución Del Presupuesto, Todo Conforme A Las Disposiciones Legales Igualmente, Para Negociar Impresitos Y Asociarse O Contratar Con Otras Entidades El Orden Nacional, 1a

Decreto 3336 de 1979 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Decreto número 003 del 6 de diciembre de 1979, originario del Consejo Intendencial del Caquetá, relativo a la determinación del Presupuesto de Renta y Gastos para la vigencia fiscal de 1980

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Intendente queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del Presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales Igualmente, para negociar impresitos y asociarse o contratar con otras entidades el orden nacional, 1a. construcción de obras públicas y la prestación de servicios que se hallen a cargó de la Intendencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3336 de 1979