°. Los jefes de los organismos y entidades del nivel central y descentralizado de la administración pública del orden territorial deberán suministrar a través del SIGEP, en los plazos allí señalados, a la dirección electrónica www.sigep.gov.co la información relacionada con las prestaciones sociales y los elementos salariales, cualquiera que sea la denominación de las mismas, primas, bonificaciones, auxilios, entre otros, que actualmente perciben los servidores públicos del nivel territorial. Las Asambleas y los Concejos Distritales y Municipales reportarán la información a la Gobernación o Alcaldía respectiva y esta, a su vez, la remitirá al Departamento Administrativo de la Función Pública, conjuntamente con la información de las entidades y organismos del respectivo Departamento o Municipio. La veracidad de los datos suministrados por las entidades y los organismos del orten territorial será responsabilidad de los Jefes de las respectivas entidades y organismos.
Decreto 1463 de 2013 →Vigente
Artículo 1
Los Jefes De Los Organismos Y Entidades Del Nivel Central Y Descentralizado De La Administración Pública Del Orden Territorial Deberán Suministrar A Través Del Sigep, En Los Plazos Allí Señalados, A La Dirección Electrónica Www
Decreto 1463 de 2013 · por medio del cual se solicita una información en materia salarial y prestacional a nivel territorial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.