º . Cualquier miembro de la fuerza pública que opere en un área geográfica que se delimite como Zona Especial de Orden Público, queda facultado para revisar toda carga que haya sido, sea o vaya a ser transportada por vía terrestre, fluvial o aérea.
Decreto 900 de 1996 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 900 de 1996 · por el cual se adoptan medidas tendientes a controlar la acción de las organizaciones criminales y terroristas en las zonas especiales de orden público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.