Sustituido por el artículo 1° del Decreto 1086 de 2025.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.4.6.2.8.2. Requisitos para Oficial de la Compañía para la Protección Marítima. Para inscribirse como oficial de la compañía para la protección marítima deberá cumplir los siguientes requisitos:
Ser Oficial Naval en uso de buen retiro u Oficial Mercante con título de Oficial de Altura Categoría “A”, con mínimo tres (3) años de experiencia a bordo de buques.
Acreditar experiencia mínima de un (1) año o capacitación en gerencia o manejo de sistemas de gestión y en seguridad.
Aprobar el curso modelo OMI 3.20 en protección marítima en las instituciones avaladas por la Dirección General Marítima, los cursos realizados en el exterior deberán ser homologados por la Autoridad Marítima Nacional.
Acreditar dominio del idioma inglés técnico marítimo.
No estar incurso en algún impedimento o inhabilidad constitucional o legal y/o sanción profesional.
Presentar el certificado de antecedentes policiales y judiciales y verificación de Carencia de Informes por tráfico de Estupefacientes relacionado con comportamientos referidos a delitos de tráfico de estupefacientes y conexos, lavado de activos, testaferrato y enriquecimiento ilícito, así como frente a procesos de extinción de dominio.
Presentar el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación.
(Decreto 0730 de 2004 artículo 25)
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