Art. 1.º Autorízase al Poder Ejecutivo para que con alguna sociedad o algún individuo o empresario particular, proceda a contratar la fundacion de dos o mas colonias en el Territorio del Caquetá, sobre las riberas de los ríos Putumayo i Napo i hácia las fronteras con el Ecuador, Perú i Brasil, con el fin de propender a la civilizacion de los indios salvajes de aquel Territorio. El Poder Ejecutivo determinará las condiciones de la referidas colonias i lo demas conveniente para la estabilidad i progreso de ellas.
Ley 53 de 1874 →Vigente
Artículo 1
Ley 53 de 1874 · Por la cual se fomenta la colonización del Territorio del Caquetá i se promueve la navegación de los ríos Putumayo i Napo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.