Art. 1°. Reorganízare el Ejército de Reserva del modo siguiente: De los Batallones del Ejército de Reserva que hacen guarnición en las Provincias de este Departamento y que no tengan por lo menos un personal de 245 plazas de tropa, se formarán Cuerpos que consten del personal indicado, con los Jefes y Oficiales que designe el Estado Mayor, que es el siguiente: Un Coronel, primer Jefe. Un Teniente Coronel ó Sargento Mayor, segundo Jefe. Un Capitán, Ayudante Mayor. Un Subteniente, Abanderado. Un Sargento 1.°, Tambor mayor. Un id. 2.°, Corneta de órdenes. Un Cabo l.°, Tambor de órdenes. Un Soldado, Ordenanza, Se compondrá de cuatro Compañías, cada una con un Capitán, un Teniente, dos Subtenientes, un Sargento 1.°, cuatro Sargentos 2. °S, cuatro Cabos 1° S , 4 Cabos 2.° S y 47 Soldados; es decir, cada Compañía de cuatro Escuadras, de 15 individuos de tropa cada una (artículos 127 y 115 del Código Militar). Provincia de Bogotá -Organizase un Batallón con el personal arriba indicado, que se compondrá de los Cuerpos 23 da Reserva, acantonado en Chía, y 29 de Reserva, acantonado en Soachá. Provincia de.Zipaquirá - Organizase un Batallón compuesto de los Cuerpos 7.° de Reserva, Medio Batallón Cazadores, Compañía suelta de Cogua, id. de Gachancipá é id. de Nemocón. Este Batallón constará de 5 Compañías con el personal arriba indicado., Provincia de Ubaté -Organízanse dos Batallones, compuestos: el 1.°, de los Batallones 9 y l l de Reserva, y el 2.°, de los Cuerpos 8 ° y 10.° de Reserva y Compañía Boca del Monte . Estos Batallones se compondrán de 5 Compañías, cada una con el personal de Jefes, Oficiales é individuos de tropa ya indicados. Provincia de. Guatavita -Organizase un Cuerpo compuesto del Batallón Guerrilla de Guasca y Compañía suelta de Sesquilé, elevando su personal de tropa en las condiciones ya indicadas. Provincia de Chocontá - Organizase un Batallón compuesto del 5.° de Reserva y de la Compañía suelta de Manta, elevando su personal á cuatro Compañías en la forma ya establecida. Provincia de Oriente - Organízanse dos Batallones, compuestos: el 1.°, del Batallón 12 de Reserva y el Escuadrón Mochuelo y el 2.°, de los Batallones 13 y 22 de Reserva. Estos Batallones se compondrán cada uno de cuatro Compañías en la forma ya dicha. Provincia de Tequendama -Organízanse dos Batallones compuestos así: el 1.°, de los Batallones 18 y 19 de Reserva y Escuadrón Chicalá , y el 2,°, de los Batallones 20 y' 21 de Reserva y Escuadrón Guataquí , Éstos Cuerpos se compondrán cada uno de 4 Compañías con el personal en la forma indicada. Provincia de Facatativá -Organízanse dos Batallones, compuestos: el 1.° de los Batallones , 24, 25 y 26 de Reserva y Compañía suelta de Nocaíma, y el 2.° de los Batallones 27 y 28 de Reserva y de la Compañía suelta a Madrid. Estos Batallones se compondrán de cuatro Compañías en la forma dicha. Los Batallones 1.°, 2.°, 3.°, 4.°, 16 y 17 de la Reserva, que se hallan parte en la capital de la República y los demás en comisión, se compondrán de cuatro Compañías cada uno, con excepción del 2.° que consta de cinco, teniendo el personal indicado.
Decreto 103 de 1901 →Vigente
Artículo 1
Decreto 103 de 1901 · Por el cual se reorganiza el Ejército de Reserva
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.