Micelio

Artículo 48

Decreto 2699 de 1991 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 48 . La Dirección Nacional Administrativa y Financiera adelantará las siguientes funciones

1.

Asesorar al Fiscal General en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, físicos, económicos y financieros de la Fiscalía.

2.

Asesorar y efectuar evaluación y seguimiento a las actividades administrativas realizadas en los distintos niveles territoriales de la Fiscalía General.

3.

Planear y organizar las actividades relacionadas con la administración de los recursos humanos, físicos, económicos y financieros de la Fiscalía General según los lineamientos de la Oficina de Planeación.

4.

Dirigir y controlar los procesos administrativos y financieros de la entidad a todos los niveles.

5.

Responder por la elaboración, manejo, ejecución y control del presupuesto general de la Fiscalía, según los lineamientos generales de la Oficina de Planeación.

6.

Ordenar la prestación de servicios, los reconocimientos y los gastos requeridos de acuerdo con la delegación que para tal efecto le otorgue el Fiscal General.

7.

Las demás funciones que le sean asignadas por el Fiscal General que guarden relación con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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