Compra de equipo. Los Establecimientos Públicos Nacionales para la adquisición o compra de equipo de oficina, mobiliario, mecánico y automotor deberán obtener autorización previa de la Dirección General del Presupuesto: la cual se concederá siempre que se reúnan los siguientes requisitos:
Solicitud razonada del Ministro, Viceministro, Jefe o Subjefe o Secretario General de Ministerio o Departamento Administrativo al cual se halle adscrito el respectivo establecimiento.
Acta en que conste la autorización legal que exprese los motivos, necesidades o convencía para efectuar la compra, relación detalladas de los elementos, su costo y dependencia a la cual se destinarán.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal expedido por el jefe de Presupuesto y refrendado por el Auditor Fiscal ante la entidad.
En aquellas entidades donde se elaboren programas anuales de compras podrán enviarse al Dirección General del Presupuesto para su aprobación junto con los documentos citados anteriormente, de conformidad con el artículo 110 del Decreto-Ley 150 de 1976.