Micelio

Artículo 50

Ley 34 de 1978 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1979.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Compra de equipo. Los Establecimientos Públicos Nacionales para la adquisición o compra de equipo de oficina, mobiliario, mecánico y automotor deberán obtener autorización previa de la Dirección General del Presupuesto: la cual se concederá siempre que se reúnan los siguientes requisitos:

a)

Solicitud razonada del Ministro, Viceministro, Jefe o Subjefe o Secretario General de Ministerio o Departamento Administrativo al cual se halle adscrito el respectivo establecimiento.

b)

Acta en que conste la autorización legal que exprese los motivos, necesidades o convencía para efectuar la compra, relación detalladas de los elementos, su costo y dependencia a la cual se destinarán.

c)

Certificado de Disponibilidad Presupuestal expedido por el jefe de Presupuesto y refrendado por el Auditor Fiscal ante la entidad.

Parágrafo

En aquellas entidades donde se elaboren programas anuales de compras podrán enviarse al Dirección General del Presupuesto para su aprobación junto con los documentos citados anteriormente, de conformidad con el artículo 110 del Decreto-Ley 150 de 1976.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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