Determinación y georreferenciación de los territorios ancestrales y/o tradicionales de los pueblos indígenas de Colombia . Los pueblos Indígenas de Colombia a través de sus Cabildos, Autoridades, Organizaciones o formas propias de gobierno en el ámbito de sus competencias de conformidad con sus normas y procedimientos, realizarán la delimitación de sus territorios ancestrales y/o tradicionales en un mandato propio; en el cual demarcará los linderos y el polígono que constituye el territorio ancestral y/o tradicional.
Los mandatos propios o normas que versen sobre la delimitación y georreferenciación de los territorios ancestrales y/o tradicionales, serán incluidos en la cartografía temática del Estado colombiano, en la base de datos del modelo LADM_COL como una capa no parcelaria.
Cuando existan instrumentos jurídicos o sentencias judiciales que determinen la delimitación y georreferenciación de los territorios ancestral y/o tradicionales, serán incluidos en la cartografía temática del Estado colombiano y en la base de datos del modelo LADM_ COL como capa no parcelaria en virtud de los contenidos de dichos instrumentos jurídicos. Lo anterior hará parte del proceso de interoperabilidad de la información en el marco del modelo extendido.