Micelio

Artículo 120

Cada Uno De Los Miembros De Las Juntas O Consejos De Administración Será Responsable Solidariamente Con El Gerente: 1º

Decreto 2521 de 1950 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cada uno de los miembros de las juntas o consejos de administración será responsable solidariamente con el gerente: 1º. Cuando hayan permitido, a sabiendas, que en los inventarios o balances se cometan inexactitudes graves que perjudiquen a la sociedad o a terceros; 2º. Siempre que, con conocimiento de causa, hayan consentido en que se distribuyan utilidades no justificadas por balances e inventarios verídicos; y 3º. Siempre que haya disminuido el capital social a consecuencia de las operaciones a que se refiere el ordinal anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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