Al aplicar las disposiciones de los incisos 1° y 2° del artículo anterior, no se tendrán en cuenta las contravenciones, los delitos culposos, los delitos contra la disciplina militar, los delitos políticos cometidos sin homicidio, incendio, saqueo o robo, el homicidio y las heridas cuando haya mediado provocación o haya habido exceso en la defensa o en el estado de necesidad, y los delitos cometidos por menores de diez y ocho años. CAPITULO IV Circunstancias de mayor o menor peligrosidad .
Artículo 35
Al Aplicar Las Disposiciones De Los Incisos 1° Y 2° Del Artículo Anterior, No Se Tendrán En Cuenta Las Contravenciones, Los Delitos Culposos, Los Delitos Contra La Disciplina Militar, Los Delitos Políticos Cometidos Sin Homicidio, Incendio, Saqueo O Robo, El Homicidio Y Las Heridas Cuando Haya Mediado Provocación O Haya Habido Exceso En La Defensa O En El Estado De Necesidad, Y Los Delitos Cometidos Por Menores De Diez Y Ocho Años
Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.