Micelio

Artículo 4

El Presupuesto De Rentas E Ingresos Contendrá Tres Grandes Secciones, A Saber: El Cálculo De Las Rentas, Que Se Formará Con El Cómputo De Las Entradas Provenientes De Impuestos, Tasas Y Demás Rentas Contractuales U Ocasionales, Autorizadas Por Leyes Anteriores; El Cálculo De Los Recursos Del Balance Del Tesoro, Que Contendrá El Cómputo Del Superávit Fiscal Que Se Espere Liquidar En La Vigencia Anterior A La Del Presupuesto; Las Disponibilidades Provenientes De La Cancelación De Reservas, Y Los Demás Recursos Que, Sin Constituir Una Renta, No Provienen De Empréstitos Otorgados A La Nación; El Cálculo De Los Recursos Del Crédito, Que Contendrá Únicamente La Relación De Los Empréstitos A Largo Plazo Ya Autorizados, De Que Se Espere Hacer Uso

Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Presupuesto de Rentas e Ingresos contendrá tres grandes secciones, a saber: El Cálculo de las Rentas, que se formará con el cómputo de las entradas provenientes de impuestos, tasas y demás rentas contractuales u ocasionales, autorizadas por leyes anteriores; El Cálculo de los Recursos del Balance del Tesoro, que contendrá el cómputo del superávit fiscal que se espere liquidar en la vigencia anterior a la del Presupuesto; las disponibilidades provenientes de la cancelación de reservas, y los demás recursos que, sin constituir una renta, no provienen de empréstitos otorgados a la Nación; El Cálculo de los Recursos del Crédito, que contendrá únicamente la relación de los empréstitos a largo plazo ya autorizados, de que se espere hacer uso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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