Funciones . Son funciones de la Dirección Técnica las siguientes
Ejercer el control para asegurar el cumplimiento de las normas portuarias.
Efectuar la vigilancia para evitar restricciones indebidas a la competencia entre Sociedades Portuarias, según el Capítulo IV de la Ley 01 de 1991.
Vigilar v controlar la ejecución de obras a las que se refieren los artículos 4 y 15 de la Ley 01 de 1991.
Elaborar el estatuto de operaciones portuarias que consagre las condiciones técnicas de operación de los puertos colombianos.
Apoyar a la Dirección de Planeamiento Portuario en la evaluación técnica de las solicitudes de concesión y recomendar o no su aprobación
Las demás que se le asignen y correspondan con la naturaleza de la Dirección.