Micelio

Artículo 15

Decreto 2681 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de las dependencias internas de la Superintendencia General de Puertos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones . Son funciones de la Dirección Técnica las siguientes

1.

Ejercer el control para asegurar el cumplimiento de las normas portuarias.

2.

Efectuar la vigilancia para evitar restricciones indebidas a la competencia entre Sociedades Portuarias, según el Capítulo IV de la Ley 01 de 1991.

3.

Vigilar v controlar la ejecución de obras a las que se refieren los artículos 4 y 15 de la Ley 01 de 1991.

4.

Elaborar el estatuto de operaciones portuarias que consagre las condiciones técnicas de operación de los puertos colombianos.

5.

Apoyar a la Dirección de Planeamiento Portuario en la evaluación técnica de las solicitudes de concesión y recomendar o no su aprobación

6.

Las demás que se le asignen y correspondan con la naturaleza de la Dirección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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