Micelio

Artículo 42

En Caso De Incurrir En Cualquiera De Las Causales De Incompetencia O Mala Conducta, Se Podrán Aplicar Por La Entidad, Nominadora, Oído El Concepto De La Junta De Escalafón Correspondiente Las Siguientes Sanciones Según La Gravedad De La Falta: 1

Decreto 128 de 1977 · Por el cual se dicta el estatuto del personal docente de enseñanza primaria y secundaria a cargo de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de incurrir en cualquiera de las causales de incompetencia o mala conducta, se podrán aplicar por la entidad, nominadora, oído el concepto de la Junta de Escalafón correspondiente las siguientes sanciones según la gravedad de la falta: 1. suspensión de la promoción en el escalafón sanción que consiste en no promover al peticionario al cumplirse el tiempo necesario para el respectivo ascenso. Quien reciba esta sanción deberá esperar un periodo más, es decir, el doble del tiempo necesario para la promoción normal. 2. Exclusión temporal del escalafón, sanción que conlleva, en el supuesto de que el maestro o profesor continúe en el cargo, las siguientes consecuencias

a)

Sueldo como aspirante (sin escalafón), durante el tiempo que dure la sanción;

b)

El tiempo no cuenta, por consiguiente para la aprobación:

c)

Pérdida del acceso a los cursos de capacitación o perfeccionamiento;

d)

Inestabilidad en el cargo, si continúa desempeñándolo como aspirante, durante el tiempo de la sanción; 3. Exclusión definitiva del escalafón. Esta sanción conlleva la separación y pérdida del empleo. 4. La entidad nominadora, oído el concepto de la correspondiente Junta de Escalafón, podrá aplicar además, por faltas graves, o por acumulación de faltas leves, la suspensión en el cargo sin pérdida de la clasificación en el escalafón, caso en el cual el maestro o profesor no tendrá derecho a devengar el sueldo correspondiente mientras esté suspendido. La suspensión temporal no podrá exceder un término de treinta (30) días.

Parágrafo

Cuando durante el tiempo de exclusión temporal del escalafón cambien las normas de inscripción o promoción, el docente sancionado estará sometido en todo caso a las normas vigentes en el momento de su ingreso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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