Micelio

Artículo 1160

-C

Decreto 158 de 1958 · Por el cual se abre un crédito adicional -suplemental- al Presupuesto vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional - extraordinario - al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración, Auxilios y Otros. CAPITULO 111-A Inversiones y Gastos con Recursos del Crédito. 102 - 104 - 105 - 106. Al artículo 1160-C. Para entregar al Banco Cafetero los Pagarés de deuda pública interna números 1 a 10 por $ 1.000.000.00 cada uno, con intereses al 3% anual, expedidos a su favor para cubrir las garantías que otorga el Gobierno Nacional a los préstamos concedidos por el Banco a los damnificados de Cali por los sucesos calamitosos ocurridos el 7 de agosto de 1956, de conformidad con los Decretos legislativos 1932 y 2587 de 1956 y 0087 de 1958 que modifica el número 0372 de 1957 ratifica en todas su partes el número 1932 de 1956 y según contrato de 10 de junio de 1957 elevado a escritura pública número 3630 de 23 de julio del mismo año de la Notaria Segunda de Bogotá $ 10.000.000.00 Total $ 10.000.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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