Micelio

Artículo 10

Ley 31 de 1965 · Sobre fomento de las industrias de cacao y cesión de unos bienes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cédense al Fondo de Fomento Agrícola del Departamento de Antioquia, todos los bienes de propiedad del Centro de Colonización del Río Magdalena, creado por del Decreto-Ley número 0261 del 22 de octubre de 1957.

Parágrafo 1

El Presidente del Centro de Colonización del Río Magdalena o su representante legal, hará las escrituras del caso, y entregará los semovientes y enseres al Director del Fondo de Fomento Agrícola del Departamento de Antioquia.

Parágrafo 2

Queda derogado el Decreto-Ley número 0261 del 22 de octubre de 1957.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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