Articulo 30. Son funciones del Grupo de Mecanografía
Ejecutar todos los trabajos de mecanografía para las distintas dependencias del Ministerio, con excepción de las secciones o unidades que tengan su propio servicio de mecanografía.
Controlar cualitativa y cuantitativamente los trabajos de mecanografía.
Adiestrar el nuevo personal de mecanografía.
Llevar registros y rendir informe sobre el trabajo realizado.
Aplicar infectivos de trabajo.