Articulo 51. Son funciones de la División de Servicios Generales
Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de las dependencias a su cargo;
Programar las actividades a desarrollar para una eficiente prestación de los servicios administrativos;
Elaborar los programas anuales de compra de bienes que requiera el Ministerio para su buena marcha;
Autorizar las solicitudes de provisión de elementos, presentados por las distintas dependencias, del Ministerio;
Velar por la conservación, mantenimiento y correcto uso de los locales, muebles y equipos si servicio del Ministerio y tramitar la consecución de oficinas adecuadas para las distintas dependencias del mismo;
Responder por los servicios de Almacén y Suministros, Archivo General y Correspondencia, Biblioteca y Publicaciones y Mantenimiento y Transporte;
Asesorar al Director General en les problemas propios de la División, y
Ejercer las atribuciones que le confiera la ley o que le sean adscritas o delegadas.